lunes, 24 de octubre de 2011

Certificación de trabajadores independientes frente a la intimidad personal y el libre ejercicio de la actividad económica



Mediante la expedición del Decreto 3590 del 28 de septiembre de 2011 el Gobierno Nacional agregó mayor complejidad al sistema tributaria vulnerando derechos constitucionales, porque para los trabajadores independientes cumplir el nuevo requisito (certificación) implica la pérdida de los derechos a la intimidad personal y al libre ejercicio de su actividad económica.
Según parece para la facultad reglamentaria el recaudo de impuestos y el flujo de caja del Estado prevalecen sobre la misma Ley y la Constitución, exigir requisitos adicionales a los del artículo 173 de la Ley 1450 de 2011 que obstaculizan el cumplimiento del objetivo, finalidad e intención del legislador, desordenan el ordenamiento jurídico.
Cuando el reglamento señala que en todos los casos el trabajador independiente deberá allegar una certificación expedida bajo la gravedad de juramento que contenga entre otrasla relación del contrato o contratos de prestación de servicios y los valores pagados y/o por pagar del respectivo mes, está indicando que le revele a sus contratantes la información confidencial de las otras relaciones contractuales “…detallando el  nombre o razón  social  y NIT de los contratantes,  valor total discriminado por contrato,  y fechas de iniciación y de terminación…”, situación que en mi opinión vulnera el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia.
Cuando el reglamento condiciona el pago o abono en cuenta (contabilización) a la presentación oportuna de la certificación, está exigiendo requisitos sin autorización legal que obstaculizan el libre ejercicio de la actividad económica de todos los trabajadores independientes y agentes retenedores, situación que en mi opinión también vulnera el artículo 333 de la Constitución Política de Colombia.
Sin embargo, el mencionado Decreto Reglamentario goza de presunción de legalidad y se deberá cumplir hasta que sea suspendido o retirado del ordenamiento jurídico, pero la realidad es diferente debido a que son muchos los trabajadores independientes que no presentaron la certificación con el fin de proteger su información contractual.
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Fuente: gerencie.com

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